Matrimonio igualitario Archives | CELIG - Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ https://celigcr.com/tag/matrimonio-igualitario/ Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ Fri, 31 Mar 2023 22:18:48 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.7.2 https://celigcr.com/wp-content/uploads/2023/03/cropped-cropped-cropped-celig_firma-legal-lgbtiq-icon-1-32x32.jpg Matrimonio igualitario Archives | CELIG - Firma Legal para la comunidad LGBTIQ+ https://celigcr.com/tag/matrimonio-igualitario/ 32 32 Licencia de maternidad y su aplicación en las parejas del mismo sexo https://celigcr.com/licencia-de-maternidad-y-su-aplicacion-en-las-parejas-del-mismo-sexo/ Wed, 21 Aug 2019 15:40:47 +0000 https://celigcr.com/?p=2674 Nuestra normativa laboral contempla la licencia de maternidad de 4 meses, un mes antes del parto, y tres meses después; así como una licencia de maternidad de tres meses para aquellas madres que adopten a un menor de edad. Esta disposición legal está bastante clara en la práctica y la legislación. No obstante, y a…

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Nuestra normativa laboral contempla la licencia de maternidad de 4 meses, un mes antes del parto, y tres meses después; así como una licencia de maternidad de tres meses para aquellas madres que adopten a un menor de edad.

Esta disposición legal está bastante clara en la práctica y la legislación. No obstante, y a raíz de la reciente sentencia de la Sala Constitucional que le otorga un plazo máximo a la Asamblea Legislativa hasta mayo del 2020 para regular el matrimonio igualitario en nuestro país, de la mano con la Opinión Consultiva realizada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la misma línea, surge la duda de qué pasará y cómo se regulará la licencia de maternidad en aquellas parejas del mismo sexo, ya sea las constituidas por dos mujeres o bien por dos hombres.

En el caso de las parejas del mismo sexo constituidas por dos mujeres, se nos presentan dos supuestos:

  • Aquellos casos en los que una de las madres sea la madre biológica del menor, en cuyo caso la licencia de maternidad se le aplicaría directamente a esa mujer.
  • Casos de adopción: en cuyo caso se debe regular cómo se determinaría cuál de las mujeres gozaría de la licencia de maternidad.

Recordemos que últimamente se ha estado conversando en la corriente legislativa sobre la posibilidad de un proyecto de ley para regular la licencia de paternidad en el sector público y privado, no obstante éste todavía no ha sido presentado. La aprobación de una ley en dicho sentido, traería a discusión otro supuesto en determinar cuál de los miebros de una pareja del mismo sexo gozaría del equivalente a la licencia de maternidad, y cuál al equivalente a la licencia de paternidad en los casos de adopción de menores de edad.

Por otro lado, en las parejas del mismo sexo constituidas por dos hombres, se debe regular cómo establecer cuál de los padres podría optar por el equivalente a una licencia de maternidad ante la adopción de un niño por parte de ambos.

Faltan 278 días para que la Asamblea Legislativa cumpla con el plazo máximo otorgado por la Sala Constitucional para la entrada en vigencia del matrimonio igualitario en nuestro país. Y todavía son muchos los vacíos legales que nos intrigan como es el tema de las licencias de maternidad y su regularización en las parejas del mismo sexo.

No obstante, existen otros países que podemos utilizar como ejemplo que al día de hoy ya permiten el matrimonio igualitario, y por ende han regulado las licencias de maternidad en estos casos, inclusive algunos de ellos permiten la licencia de paternidad, como el caso de España. Este país ha dispuesto que en dichos casos, uno de los padres o madres debe gozar por el equivalente a la Licencia de Maternidad y el otro a la de Paternidad, o bien compatibilizar la licencia de maternidad, eso si, cuando ambos padres  o madres sean los que adopten al menor en conjunto.

En Celig queremos saber su opinión sobre esta temática, no dudes en dejarnos tus comentarios sobre este y otros temas. 

Puedes contactarnos  al teléfono 2253-0256 o escribirnos al correo electrónico info@celigcr.com

Estamos ubicados en San José, Barrio Escalante.

Licda- Nathalie Tess Blau Solano y M.Sc. Ana Isabel Sibaja Rojas

CELIG – Centro para el Litigio Igualitario       

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Proyectos de Licencia de Paternidad en parejas del mismo sexo https://celigcr.com/proyectos-de-licencia-de-paternidad-en-parejas-del-mismo-sexo/ Wed, 07 Aug 2019 15:53:35 +0000 https://celigcr.com/?p=2557 Faltan 292 días para que la Asamblea Legislativa cumpla con el plazo máximo otorgado por la Sala Constitucional para la entrada en vigencia del matrimonio igualitario en nuestro país.  De conformidad con lo dictado por la Sala Constitucional, en dicho plazo máximo la Asamblea deberá haber legalizado el matrimonio igualitario y regularizado todas las condiciones…

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Faltan 292 días para que la Asamblea Legislativa cumpla con el plazo máximo otorgado por la Sala Constitucional para la entrada en vigencia del matrimonio igualitario en nuestro país. 

De conformidad con lo dictado por la Sala Constitucional, en dicho plazo máximo la Asamblea deberá haber legalizado el matrimonio igualitario y regularizado todas las condiciones necesarias para su aplicación en igualdad de condiciones con las parejas heterosexuales, incluyendo dentro de dichas regulaciones, la adopción de menores de edad y la respectiva licencia de maternidad.

Ahora bien, en los últimos meses se ha discutido en la corriente legislativa la posibilidad de legalizar la licencia de paternidad, si bien todavía el proyecto no se ha sido presentado, su discusión ya está siendo formulada. En dicho sentido, en marzo anterior la Presidencia de la República firmó un Decreto instando a la presentación de un proyecto interinstitucional para la implementación de la Licencia de Parternidad tanto en e sector público como privado.

En razón de lo anterior, surge la interrogante de cómo se aplicarían las licencias de paternidad y maternidad en las parejas del mismo sexo. 

Este aspecto debe ser contemplado sin duda alguna por la Asamblea Legislativa al momento de regular el matrimonio igualitario antes de mayo del 2020, al menos en lo que respecta la licencia vigente, establecida como una licencia de maternidad, de la cual debería poder gozar mínimo uno de los padres, sea una pareja compuesta por dos hombres, o dos mujeres, en el caso de adopción, o bien, de la madre biólogica del recién nacido, en una relación de dos mujeres, en las cuales una de ellas goce de dicho estatus.

¿Pero qué pasará si se aprueba la licencia de paternidad? Ello todavía no se sabe y es de dificil suposición, no obstante, podemos tomar como ejemplo algunos países Europeos como España, en el que está regulado el matrimonio igualitario y a su vez la Licencia de Paternidad.  Este país ha dispuesto que en dichos casos, uno de los padres o madres debe gozar por el equivalente a la Licencia de Maternidad y el otro a la de Paternidad, o bien compatibilizar la licencia de maternidad, eso si cuando ambos padres  o madres sean los que adopten al menor en conjunto.

En Celig queremos saber su opinión sobre esta temática, no dudes dejarnos tus comentarios sobre este y otros temas. 

Puedes contactarnos  al teléfono 2253-0256 o escribirnos al correo electrónico info@celigcr.com

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Celebración de Matrimonios Civiles entre Parejas del Mismo Sexo. https://celigcr.com/celebracion-de-matrimonios-civiles-entre-parejas-del-mismo-sexo/ Wed, 03 Jul 2019 10:17:40 +0000 https://celigcr.com/?p=2337 Estamos a poco menos de un año de poder celebrar legalmente matrimonios civiles entre parejas del mismo sexo en Costa Rica.  Nos separan exactamente 327 días de esta fecha tan esperada por la comunidad LGTBI. En dicho sentido, a partir del próximo 26 de mayo del 2019, las parejas del mismo sexo podrían contraer matrimonio…

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Estamos a poco menos de un año de poder celebrar legalmente matrimonios civiles entre parejas del mismo sexo en Costa Rica.  Nos separan exactamente 327 días de esta fecha tan esperada por la comunidad LGTBI.

En dicho sentido, a partir del próximo 26 de mayo del 2019, las parejas del mismo sexo podrían contraer matrimonio legalmente en nuestro país.

A raíz de este gran avance en materia de los derechos humanos, muchas personas, especialmente parejas del mismo sexo que desean contraer matrimonio se han preguntado qué deben hacer para dar este paso.

Recordemos que la Sala Constitucional otorgó un plazo de 18 meses a la Asamblea Legislativa para que regule lo respectivo en torno al alcance de la aprobación del matrimonio igualitario en nuestro país, por ello deberíamos esperar si en el plazo otorgado la Asamblea emite disposiciones legales especificas para matrimonios entre esta población.

No obstante, se espera que los requisitos y forma deban ser los mismos, debido a que en sentido contrario caeríamos ante acciones discriminatorias.

El Código de Familia, faculta a los Notarios Públicos a celebrar matrimonios civiles. En este sentido, los Notarios se encuentran obligados a constatar todos los requisitos legales y solicitar a los contrayentes los antecedentes respectivos, dentro de los cuales podemos destacar, acta de nacimiento, cédula de identidad o pasaporte y constancia de estado civil, asimismo, el contrayente debe declarar bajo fe de juramento si tiene hijos previos al matrimonio que desea celebrar, entre otros aspectos.

Esto toma gran importancia al tratarse de matrimonios entre parejas del mismo sexo cuando uno de los contrayentes es extranjero, puesto que éste deberá aportar debidamente apostillados los documentos que certifiquen su identidad y estado civil.

En cuanto a la celebración de matrimonios civiles por medio de Notario Público, este se plasma en el Protocolo del Notario, y en su archivo de referencias, en los cuales debe constar la manifestación expresa de los contrayentes de su deseo de contraer matrimonio.

Otro requisito previo, indispensable para la celebración de los matrimonios, es la publicación de un edicto en el Diario Oficial, el cual debe realizarse con al menos 8 días entre la publicación y la celebración del matrimonio, y no puede hacerse con un tiempo mayor a 6 meses.

En Celig somos especialistas en derecho igualitario y derecho notarial.

Si desea obtener más información o concertar una cita con nosotros, llámenos a los teléfonos 2253-0256 / 2758-3939 o escríbanos al correo electrónico info@celigcr.com

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Derechos migratorios para parejas del mismo sexo https://celigcr.com/derechos-migratorios-para-parejas-del-mismo-sexo/ Wed, 26 Jun 2019 13:45:52 +0000 https://celigcr.com/?p=2330 El pasado 19 de enero de 2019 se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, el Reglamento para el Reconocimiento de Derechos Migratorios a Parejas del Mismo Sexo N° 41329-MGP; el cual regula los trámites migratorios ante por la Dirección General de Migración y Extranjería, para la obtención de derechos derivados de las uniones conformadas…

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El pasado 19 de enero de 2019 se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, el Reglamento para el Reconocimiento de Derechos Migratorios a Parejas del Mismo Sexo N° 41329-MGP; el cual regula los trámites migratorios ante por la Dirección General de Migración y Extranjería, para la obtención de derechos derivados de las uniones conformadas por parejas del mismo sexo, ya sea por unión de hecho o matrimonio, cuando este sea legal en el país que se efectué. 

Esta es una medida temporal, para regular hasta el 2020, fecha en que entraría en vigencia el matrimonio igualitario en nuestro país, los derechos migratorios de esta población, que hasta el momento habían sido desconocidos.

En razón de ello, las parejas del mismo sexo, conformadas por una persona costarricense y otra extranjera, pueden desde enero de este año aplicar al reconocimiento de sus derechos migratorios en Costa Rica, siempre y cuando estos que se deriven de un vínculo matrimonial o de una unión de hecho, debidamente reconocido en alguna legislación extranjera.

La persona extranjera que mantenga una relación de unión de hecho, o vínculo matrimonial, con una persona costarricense de su mismo sexo, podría optar por residencias temporales, permanentes, o cualquier otro proceso de regularización migratoria.

El requisito principal es la presentación de un documento que acredite el reconocimiento de la unión en el extranjero, el cual deberá cumplir con todos los requisitos de ley para ser válido en Costa Rica, asimismo, debe realizarse y contar con los demás requisitos que contempla la normativa migratoria actual para las parejas heterosexuales.

Somos especialistas en derecho igualitario.

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Bonos de Vivienda para Parejas del mismo Sexo https://celigcr.com/bonos-de-vivienda-para-parejas-del-mismo-sexo/ Fri, 15 Feb 2019 14:53:00 +0000 https://celigcr.com/?p=994 Ante la actual imposibilidad para que las parejas del mismo sexo contraigan matrimonio en Costa Rica, muchos de los derivados cuestionados es la afectación a otros derechos tales como el acceso a bonos de vivienda, prestamos, pensiones, seguros, entre otros. El Ministerio de Vivienda y Asentamientos Urbanos recientemente firmó en diciembre pasado una Directriz dirigida…

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Ante la actual imposibilidad para que las parejas del mismo sexo contraigan matrimonio en Costa Rica, muchos de los derivados cuestionados es la afectación a otros derechos tales como el acceso a bonos de vivienda, prestamos, pensiones, seguros, entre otros.

El Ministerio de Vivienda y Asentamientos Urbanos recientemente firmó en diciembre pasado una Directriz dirigida al Banco Hipotecario de la Vivienda en relación con el Acceso a Bonos Familiares de Vivienda para parejas del Mismo Sexo, la cual rige desde su publicación en el Diario Oficial la Gaceta Número 24 del pasado 4 de febrero.

Dicha directriz tiene como objetivo permitir a las parejas del mismo sexo el acceso a bonos familiares de vivienda y a créditos del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda, en igualdad de condiciones.

En razón de lo anterior se instruye al BANHVI a adecuar su normativa de manera tal que las parejas del mismo sexo sean consideradas como núcleo familiar, siempre y cuando estas demuestres su convivencia de forma estable, lo cual implica que compartan alimentos, cama y cohabitación por al menos tres años continuos y de manera pública y exclusiva, lo cual deben declarar de manera jurada ante Notario Público en papel de seguridad.

Adicionalmente se establecen requisitos como libertad de estado civil lo cual se debe acreditar mediante certificación del Registro Civil.

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Reglamento para el reconocimiento de derechos migratorios a parejas del mismo sexo N° 41329-MGP https://celigcr.com/reglamento-para-el-reconocimiento-de-derechos-migratorios-a-parejas-del-mismo-sexo-n-41329-mgp/ Thu, 24 Jan 2019 16:10:58 +0000 https://celigcr.com/?p=866 El pasado 18 de diciembre del 2018 se llevó a cabo, en Casa Presidencial, la firma de una serie de decretos y directrices en relación con la protección de los derechos LGTBI. Dicha normativa entraría a regir a partir de su publicación. En dicho sentido, en la Gaceta Número 13 del lunes 19 de enero…

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El pasado 18 de diciembre del 2018 se llevó a cabo, en Casa Presidencial, la firma de una serie de decretos y directrices en relación con la protección de los derechos LGTBI. Dicha normativa entraría a regir a partir de su publicación.

En dicho sentido, en la Gaceta Número 13 del lunes 19 de enero del presente año, se publicaron dos de las 6 normativas firmadas:

  1. Reglamento para el Reconocimiento de Derechos Migratorios a Parejas del Mismo Sexo N° 41329-MGP.
  2. Reglamento para el Reconocimiento del Derecho a la Identidad Sexual y de Género para Personas Extranjeras en el DIMEX.

En nuestro blog de hoy conversaremos sobre el primero de estos decretos, el Reglamento para el reconocimiento de derechos migratorios a parejas del mismo sexo N° 41329MGP.

Dicho reglamento tiene como objetivo regular, de forma temporal, mientras se mantengan vigentes los artículos 14, inciso 6) y 242 del Código de Familia, el reconocimiento de los derechos migratorios por parte de la Dirección General de Migración y Extranjería derivados de las uniones conformadas por parejas del mismo sexo, ya sea por matrimonio o por unión de hecho, cuando esta sea legal en el país que se efectué o reconozca. 

La misma será aplicable a todos los derechos migratorios que se deriven de un vínculo matrimonial o de hecho, debidamente reconocido en alguna legislación extranjera, entendiéndose entre ellos las residencias temporales, residencias permanentes, categorías especiales o cualquier otro proceso de regularización migratoria.

Como requisito principal estaría la presentación de un documento que acredite el reconocimiento de la unión en el extranjero, el cual deberá cumplir con todos los requisitos de ley para ser válido en Costa Rica, asimismo, debe realizarse y contar con los demás requisitos que contempla la normativa migratoria actual.

Si desea obtener más información o concertar una cita con nosotros, llámenos a los teléfonos 2253-0256 / 2758-3939 o escríbanos al correo electrónico info@celigcr.com

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Nueva normativa en pro de los derechos LGTBI + https://celigcr.com/nueva-normativa-en-pro-de-los-derechos-lgtbi/ Fri, 18 Jan 2019 13:28:20 +0000 https://celigcr.com/?p=857 El pasado 21 de diciembre, previo al cierre colectivo del Gobierno por el período de vacaciones de diciembre, se dio la noticia de la firma en casa presidencial de una serie de Decretos y Directrices que vendrían a complementar la Sentencia de la Sala Constitucional sobre el matrimonio igualitario. Con esta normativa se busca garantizar…

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El pasado 21 de diciembre, previo al cierre colectivo del Gobierno por el período de vacaciones de diciembre, se dio la noticia de la firma en casa presidencial de una serie de Decretos y Directrices que vendrían a complementar la Sentencia de la Sala Constitucional sobre el matrimonio igualitario.

Con esta normativa se busca garantizar los derechos de la población LGTBI sin discriminación.

Los temas regulados fueron los siguientes:

  1. Posibilidad de las parejas del mismo sexo a acceder a bonos de vivienda por parte del BANHVI.
  2. Reconocimiento de la identidad de género en el documento de identidad migratorio para extranjeros DIMEX.
  3. Reconocimiento del estatus migratorio a parejas binacionales
  4. Inclusión oficial de la bifobia en el día contra la homolesbotransfobia.
  5. Declaratoria de interés público del protocolo de hominización para personas trans.
  6. Directriz a las instituciones que están en el Consejo Superior Notarial para eliminar la prohibición a notarios de inscribir matrimonios entre personas del mismo sexo.

Como vemos se tratan de una serie de medidas reglamentarias que buscan conseguir la igualdad y la no discriminación a nivel nacional en relación con los derechos de la población LGTBI+, ello aunado a la anterior sentencia de la Sala Constitucional que da plazo a la Asamblea Legislativa hasta el 2020 para que el mismo sea legal en el país.

Los decretos y directrices previamente indicados rigen a partir de la publicación en el diario oficial La Gaceta, por lo que actualmente, debido a que el día de hoy se publicaron dos de los documentos mencionados, solamente se encuentran vigentes el decreto que reconoce la identidad de género en el DIMEX, y el que reconoce los efectos migratorios para aquellas personas que hayan contraído matrimonio, o unión de hecho en el extranjero, los demás documentos todavía no se encuentran vigentes, una vez contemos con el mismo, estaremos ampliándolos para su conocimiento.

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